HOBBES.
EL LEVIATÁN.
Voy a examinar el estado de naturaleza en Hobbes y su relación con la condición humana, atendiendo al estado de guerra perpetuo en el que se encuentra el hombre hasta que no pasa a un estadio superior o estado civil. También trataré de la concepción de libertad que Hobbes maneja así como de la concepción contractualista del estado hobbesiano necesaria para salir del estado de naturaleza.
Para Hobbes el
estado primitivo del ser humano es aquello que designa como estado de
naturaleza. Este estado de naturaleza está fundamentado en la propia
naturaleza del ser humano. Los hombres son iguales tanto corporal como
intelectualmente por naturaleza. Las diferencias que entre ellos encontramos,
aunque existen, son tan insignificantes que la mayor inteligencia o la mayor
fuerza de unos individuos frente a otros no garantiza su supremacía. La unión
de muchos débiles frente a uno o pocos fuertes produce la derrota del fuerte
frente al débil. Esta igualdad de la naturaleza humana provoca la “igualdad
de esperanza respecto a la consecución de nuestros fines”[1]. Así,
cuando diferentes hombres persiguen los mismos fines, de modo que su obtención
sea incompatible para todos los hombres a la vez, se produce un estado de
disputa y de guerra entre los hombres que luchan por su propio beneficio. Por
ello, Hobbes defiende que en el estado de naturaleza, es decir, antes de que se
establezca un gobierno que garantice el cumplimiento de las leyes que él mismo
establece, hay tres motivos de discordia fundamentales que justifican el uso de
la violencia de unos hombres contra otros:
1. La discordia, que impulsa a los hombres a atacarse para
lograr un beneficio propio.
2. La competencia, que impulsa a los hombres a atacarse
para lograr seguridad y
3. La gloria que lo hace para ganar reputación frente a los otros.
Como aún no está establecido un poder común que “atemorice a todo, se hallan en la condición o estado que se denomina de guerra; una guerra de todos contra todos”. No es necesario que el hombre esté en perpetua lucha contra el resto sino que lo que Hobbes señala y a lo que le da más importancia es que en este estado, el hombre posee una predisposición manifiesta a la guerra. En este estado de guerra cada individuo hace aquello que cree conveniente para conservar su vida y, por tanto, cualquier acción esta justificada en aras de conseguirlo. Es por esto por lo que el estado de naturaleza es un estado de guerra.
En este estado no cabe hablar de acciones justas o injustas, de justicia o injusticia. Hablar de esto está fuera de lugar ya que, “...donde no hay poder común la ley no existe: donde no hay ley, no hay justicia.” Los conceptos de derecho, legalidad, justicia, etc. son conceptos que cobran sentido cuando se habla del hombre en sociedad, es decir, cuando están sujetos a un gobierno. Tampoco se puede hablar de propiedad ni de dominio, “...ni de distinción entre tuyo y mío...”. Al tratarse de un estado de guerra, lo que cada cual posea será el resultado de aquellos que haya podido tomar y lo poseerá hasta que otro se lo quite.
Varias son las razones que Hobbes esgrime para que no se dé la guerra constantemente en el estado de naturaleza. Destacan, sobre todas, el temor a la muerte, el deseo de las cosas necesarias para una vida confortable y la esperanza de obtenerlas por medio del trabajo. Esto se debe a que la razón del hombre le lleva a crear normas consensuadas con el resto de los hombres. Estas normas son las leyes naturales.
Hobbes distingue entre el derecho de naturaleza (ius naturale) o la libertad que cada cual tiene para usar su propio poder como crea conveniente en función de su propia conservación y la ley de naturaleza (lex naturalis) que prohíbe a un hombre atentar contra su propia vida o contra los medios de conservarla. Además, concibe la libertad como la ausencia de impedimentos externos que impidan a cada cual hacer lo que quiera. De aquí se sigue que cada hombre tiene derecho a hacer lo que quiera, sin exclusión de invadir la libertad de los demás. Por esto, mientras se vive en el estado de naturaleza hay un estado de inseguridad, puesto que cada cual puede invadir la libertad del vecino. El fundamento del estado civil será garantizar la seguridad de los miembros del estado. Libertad, por tanto, significa para Hobbes ausencia de oposición (impedimentos externos). La libertad no está reñida con el temor. El temor a sufrir un castigo por el incumplimiento de una ley no condiciona, según Hobbes, la capacidad de decisión del hombre en libertad. Tampoco está reñida con la necesidad ya que “Dios, que ve y dispone de todas las cosas, ve también que la libertad del hombre, al hacer lo que quiere, va acompañada por la necesidad de hacer lo que Dios quiere...” Por ello, en el estado de naturaleza, el hombre, mediante su razón, llega a pactos con otros hombres renunciando a la libertad natural con el fin de sacar un provecho mayor, esto es, la paz.
Hobbes señala
dos leyes de la naturaleza fundamentales:
1.
Cada hombre debe esforzarse por la paz. Esta regla
tiene dos fases: buscar la paz y seguirla y de no conseguirla, defendernos a
nosotros mismos con todos los medios de la guerra a nuestro alcance.
2.
Mediante el consenso, cada hombre ha de estar
dispuesto, mientras los demás lo estén, a disfrutar de tanta libertad en
relación a los demás como los demás en relación con uno mismo.
En este tipo de acuerdos está el origen del estado civil. El hombre, al establecer pactos que le resulten provechosos para conservar su vida, establece contratos de obligado cumplimiento. Estos contratos son el germen del estado civil. Para Hobbes, un contrato es una mutua transferencia de derechos. Ha de ser mutua para que las partes contratantes cedan unos derechos a cambio de recibir otros. Estas cesiones se realizan para recibir un beneficio mayor, es decir, uno cede parte de su libertar para recibir, por ejemplo, protección por parte del estado. El estado no busca el bien común de los ciudadanos sino que busca la protección de sus miembros. Los contratos o pactos entre los ciudadanos se convierten en leyes naturales que todos tienen que cumplir, sobre todo aquellos basados en el miedo. El poder político, ya esté compuesto por un soberano o por una asamblea de hombres, garantiza el cumplimiento de esas leyes naturales ya que de no hacerse el infractor incurriría en un delito y sería castigado por ello. El soberano es la garantía de que establezcan leyes de obligado cumplimiento para preservar la paz, para la mejor gestión de esa paz y para que en el caso de que se produzca la guerra gestionarla de la manera mas provechosa.
El modelo que
Hobbes defiende supone un estado de naturaleza que el mismo reconoce que no se
ha dado en el tiempo. Es difícil de imaginar ese tipo de sociedad de todos
contra todos donde no hay tregua. La concepción que Hobbes tiene del hombre es
la de un ser egoísta que sólo está interesado en sí mismo y en su propia
conservación. En ningún momento habla de la generosidad, el altruismo o cosas
semejantes. Está muy presente los conceptos de lucha, de enfrentamiento. Es a
partir de aquí de donde desarrolla su teoría política del soberano como garante
de las leyes y del estado. El gobernado no puede actuar contra su gobernante
porque el gobernado es el verdadero autor de la acción del gobernante, ya que
para ello ha delegado parte de su libertad en él. Como vemos, el gobernante
sale bien parado de esta situación. Su poder ha de ser absoluto para garantizar
la paz, para rechazar violentamente cualquier conato de rebelión. En nombre de
la paz y bajo el amparo de la espada garantizará el cumplimiento de las leyes.